Emitimos factura a consumidor final.
En caso de precisar Factura A te pedimos por favor que completes el siguiente link:
https://forms.gle/AMi7Q3NX48UX6trB8
De acuerdo a lo establecido por la Resolución General 4520 de la A.F.I.P. informamos a Uds. que solo se podrá emitir factura tipo "A" siempre que se aclare que el bien adquirido tendrá los destinos que a continuación detallamos: 1) Bienes de cambio. 2) Indumentaria y accesorios de utilización exclusiva en los lugares de trabajo. Caso contrario la normativa en vigencia establece que se deberá emitir factura tipo “B” obligatoriamente.
Datos impositivos requeridos:
- Constancia de CUIT.
- Constancia de inscripción en Ingresos Brutos , si esta en Convenio Multilateral se debe solicitar : Padrón WEB actualizado a la fecha y CM 05-2023. - Constancia de Exención en caso de poseer alguna.